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#Arbitrajes tengas (y los ganes)

Abr 26, 2013 | Herramientas

#Bankia ya publica, con gran despliegue infográfico, la información relativa al procedimiento de arbitraje al que podrán acogerse los afectados por preferentes y deuda subordinada. En su web puede encontrarse tanto la respuesta a algunas dudas como vídeos y otro material promocional del que parece ser su nuevo producto estrella: el arbitraje.

 

Destaca, por su claridad, el esquema de procedimiento elaborado por la entidad. Tampoco está nada mal el esquema que publicaba el diario El País este pasado fin de semana. Pero lo que realmente interesa a los afectados es el formulario de solicitud, que desafortunadamente sólo está en pdf. Probablemente esperan que los afectados lo rellenen a mano… En todo caso el proceso ya está en marcha.

 

Las principales novedades que hemos sabido en los últimos días son:

 

  • Las fechas: la solicitud de arbitraje ya se puede presentar en las oficinas de Bankia y sólo hasta el 30 de junio.
  • La sumisión al arbitraje. La solicitud, en principio, no implica sumisión al arbitraje y tampoco renuncia a la vía judicial. Primero dictaminará el caso la consultora KPMG y el afectado podrá decidir entonces si firma o no el convenio arbitral.
  • La “preferencia” de quienes tengan menos cantidad invertida. En particular, se dará prioridad a los ahorradores que hayan invertido menos de 10.000 euros.
  • La cuantía. El dinero que recibirá el afectado, en caso de ganar el arbitraje, descontará el valor de las acciones recibidas en el canje.