-
  1. Home
  2. /
  3. Todas las noticias
  4. /
  5. Sin categorizar
  6. /
  7. Cláusulas suelo: Dictamen del...

Cláusulas suelo: Dictamen del Abogado General de la UE.

Jun 23, 2016 | Sin categorizar

imagen3

Uno de los aspectos más controvertidos en relación al  conflicto de las cláusulas suelo ha consistido en determinar los efectos de la declaración de nulidad, existiendo las siguientes posibilidades:

Devolución de cantidades indebidamente pagadas por los consumidores desde el inicio del préstamo hipotecario, en aplicación del artículo 1.303 del Código Civil.

-Devolución sólo desde el 9 de mayo de 2013, siguiendo la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.

Precisamente por su conflictividad, el tema se ha elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a través de una cuestión prejudicial, al existir una disparidad de criterios entre los jueces y tribunales españoles. Una corriente de Juzgados y Audiencias Provinciales, entre los que se encuentran el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Santander en su Sentencia 1263/2016, de 25 de abril de 2016, o la Audiencia Provincial de Barcelona en su Auto 762/2015, de 4 de mayo de 2015, se pronuncian a favor de la devolución de la totalidad de cantidades, mientras que otra corriente, siguiendo lo marcado por el Alto Tribunal, se posiciona a favor de la devolución desde el 9 de mayo de 2013.

Pues bien, el  próximo 12 de julio el Abogado General de la Unión Europea emitirá un dictamen en el que determinará si los consumidores afectados por una cláusula suelo en su préstamo hipotecario habrán de ser compensados por la totalidad de las cantidades indebidamente pagadas desde el inicio o sólo desde el 9 de mayo de 2013, tal y como ha declarado el Tribunal Supremo.

Aunque se trata de un informe no vinculante para el TJUE, lo cierto es que en la mayoría de los supuestos suele seguir el criterio establecido por el Abogado General.

¿Cómo afecta el dictamen del Abogado General de la UE a los consumidores?

El 12 de julio se prevé como una fecha clave tanto para los usuarios afectados por esta problemática, que podrían ver aumentada la cuantía de la indemnización en cantidades considerables, como para las entidades bancarias, que tendrían que provisionarse de fondos suficientes para hacer frente a los posibles pagos a los clientes afectados por su falta de diligencia en la gestión de los préstamos hipotecarios.

De todas maneras, habrá que ser cautos a la hora de tener en cuenta lo dictaminado por el Abogado General, ya que podría no coincidir con la decisión del TJUE, puesto que es un informe no vinculante para el Tribunal, pudiendo seguir otro criterio en su decisión final, que está prevista para finales de año.

 

 

 

 

Ir a página principal. Logotipo IusLab Estudio Legal
Privacy Overview

This website uses cookies so that we can provide you with the best user experience possible. Cookie information is stored in your browser and performs functions such as recognising you when you return to our website and helping our team to understand which sections of the website you find most interesting and useful.